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PINCELADAS SOBRE LAS CONSECUENCIAS DE LA GUERRA DE UCRANIA SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL

Por Carmen Otero García Castrillón

10 nov 2022 - 14:38 CET

PINCELADAS SOBRE LAS CONSECUENCIAS DE LA GUERRA DE UCRANIA SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL

Las guerras lo afectan todo y, por supuesto, las relaciones comerciales internacionales. En todo caso, no puede perderse de vista que, desde siempre, el comercio, sea o no internacional, es una herramienta para satisfacer necesidades humanas y, a partir de ahí se convierte en un motor de crecimiento. Ante las dificultades, los medios para satisfacer estas necesidades buscan, como el agua, su salida.

En este sentido, podría hablarse de un “protocolo” que marca los efectos de las guerras sobre el comercio internacional y que comienza con los efectos de la guerra en si misma para continuar con los que resultan de las reacciones frente a la guerra: sanciones comerciales frente a las que se adoptan contramedidas, por una parte, y la adopción de ayudas a través de tratamientos preferenciales, por otra. Como consecuencia se producen necesariamente alteraciones en el comercio internacional.

La invasión rusa de Ucrania que, ha puesto en marcha -de nuevo, pero, para nosotros, ésta vez más cerca y con mayor conciencia del riesgo global- este “protocolo” de actuaciones en un momento en el que el comercio internacional había ya experimentado las dificultades derivadas de los cierres y ralentizaciones provocados por la pandemia del COVID-19 y, además, el propio sistema multilateral del comercio atraviesa un período de crisis.

Sobre esta base, se esbozan a continuación algunas pinceladas sobre la incidencia de la guerra de Ucrania y, a partir de ahí, se introduce alguna referencia a cerca del encaje de esta situación en el marco de las obligaciones internacionales derivadas del sistema de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Empezando (PRIMERO) con los efectos de la guerra de Ucrania en sí misma, cabe observar que, lógicamente, la producción de bienes y servicios, así como al funcionamiento de las infraestructuras necesarias para el desarrollo del comercio resultan perjudicadas por el enfrentamiento bélico, repercutiendo en el funcionamiento de las redes logísticas, las cadenas de suministro y, además, en la inversión extranjera directa.

Rusia y Ucrania son exportadores netos de productos básicos. Ambos se encuentran entre los 7 principales productores y exportadores mundiales de cereales. Rusia es, además, un gran exportador de combustibles fósiles (petróleo crudo, gas natural, carbón) y de fertilizantes[1]. De manera más concreta, antes de la guerra,

Ucrania exporta:

  • aceite de girasol: entre otros, a Turquía (descenso de las importaciones en marzo de 2022 del 60%)
  • maíz, cebada, trigo, semillas de colza, aceite y semillas de girasol: a países en desarrollo (muchos a través del Programa Mundial de Alimentos de Naciones Unidas), por una parte, y a Europa, que asimismo es gran importador (también de hierro, aluminio, productos mineros, químicos y maquinaria).
  • gas neón (casi la mitad del suministro mundial): utilizado para fabricar semiconductores –industria automotriz, autopartes y productos electrónicos de consumo-

Rusia, por su parte, exporta:

  • trigo, centeno, cebada y maíz (ya sujeto a restricciones antes de pandemia), UE es principal importador.
  • Fertilizantes; y, por supuesto
  • energía: Rusia es el mayor exportador de gas natural del mundo y uno de los principales proveedores de petróleo crudo y de carbón; hay escaso margen de sustitución entre estas fuentes ya que todas vienen del mismo lugar.

Las lógicas interrupciones y retrasos de suministros procedentes de estos países (además de los retrasos –largos plazos de entrega- generados por el COVID y cierres que continúan produciéndose en China) tienen como repercusión más inmediata un abastecimiento reducido/amenazado y, consecuentemente, un acusado incremento de precios dados los desequilibrios entre oferta y demanda:

  • Los exportadores de estos productos desde otros Estados, de entrada, se benefician de aumento de precios y tratan, en lo posible, de incrementar su producción para reemplazar la demanda antes satisfecha por Rusia y Ucrania;
  • Los importadores sufren por duplicado: (1) como consumidores y (2) como productores de bienes para los que son necesarios estos productos básicos de cara a su exportación. En este sentido, se produce una contracción de las exportaciones globales, especialmente en los sectores intensivos en energía (el aumento de precios de la energía puede reducir la producción mundial).
  • Todo ello en un contexto de perturbaciones en el transporte (puertos chinos y europeos registraron descensos en el tráfico/manipulación de contenedores en marzo 2022).

A esta situación hay que añadir (SEGUNDO) las medidas adoptadas para “sancionar” a Rusia y para favorecer a Ucrania, por una parte, y la reacción de Rusia a las sanciones adoptando “contramedidas”.

De entrada, las sanciones comerciales no persiguen castigar per se, sino que pretenden modificar comportamientos de terceros (de ahí que tengan carácter temporal: hasta que se logra el objetivo) sin causarse un perjuicio propio. No obstante, siempre generan consecuencias negativas tanto a su destinatario como a quien las impone.

Las sanciones a Rusia han sido adoptadas unilateralmente por distintos países (no cabe esperar una resolución del Consejo de Seguridad de UN dado el derecho de veto de la propia Rusia) que, no obstante, han procurado una acción concertada o, al menos, coordinada, buscando maximizar su eficacia. Este es el caso de actores como EE.UU., UK y Unión Europea (UE)[2].

Se ha dicho que, especialmente en el caso de la UE, existe una disposición a aceptar el daño auto-infligido para lograr, no sólo la modificación de la conducta rusa, sino también otros objetivos económicos y sociales, como reducir la dependencia energética.

Frente a las sanciones, entre las contramedidas rusas cabe citar por ejemplo que:

  • frente a la congelación de los bienes del banco central decidida por la UE, Rusia requirió que los pagos de sus importaciones de gas y petróleo se hiciera en rublos;
  • frente a la prohibición de ciertas transacciones por parte de la UE, Rusia decidió el bloqueo a las aeronaves y barcos entre otras actuaciones.

Por otro lado, se han adoptado medidas que establecen un trato preferencial para Ucrania con el fin de prestarle apoyo alentando su comercio cuando está afectado por las disrupciones de la guerra; por ejemplo, la UE, superando lo establecido en el Acuerdo de libre comercio con Ucrania (en aplicación desde 2016)[3]:

  • ha eliminado todos los aranceles restricciones al comercio con este país – afectando, por ejemplo, a los productos agrícolas, los fertilizantes, los coches y artículos de aluminio;
  • ha suprimido los derechos antidumping y las medidas de salvaguardias existentes para el acero ucraniano;
  • trabaja para redirigir las exportaciones ucranianas a través de “carriles de solidaridad” que liberalicen las condiciones para los conductores de camiones y hagan disponible la infraestructura de transportes de la UE.

Los efectos de la guerra, sanciones, contramedidas y trato preferencial, llevan a necesariamente a (TERCERO)

  1. alteraciones en los patrones del comercio, generando impactos en prácticamente todos los países:
  • los involucrados directamente (Rusia/Ucrania), o
  • indirectamente: por haber impuesto sanciones o por ser suministradores o adquirentes de productos/servicios de Ucrania y/o Rusia

Se buscan nuevos mercados tanto para exportar como desde los que importar para continuar con actividad comercial y satisfacer la demanda; esto es, se trata de encontrar mercados alternativos y/o nuevos proveedores; por ejemplo:

  • Rusia aumenta exportaciones a China e India, que reducen en consecuencia sus anteriores importaciones de Arabia Saudita, Irak, Angola. Y ello aunque suponga incremento de costes ya que implica una mayor logística, infraestructura y costes de entrada -por ejemplo, para el gas hacen falta gaseoductos que no existen con nuevos destinos, solo China ahora-, así como una menor transferencia de capacidades y tecnología.
  • Nigeria, Angola, países de oriente medio (Arabia Saudita, Irak; que antes vendían a China e India), EE.UU, incrementan sus exportaciones de combustibles fósiles, para sustituir las de Rusia. Así, como es sabido, la UE, importa ahora más gas natural licuado de EEUU y gas procedente de Argelia (y aprovecha para promover el cambio hacia fuentes de energías renovables).
  • Turquía, Brasil e India, que son exportadores netos de cultivos; incrementan sus exportaciones para sustituir las de Ucrania y Rusia.

En esta línea, se producen también otras incidencias sobre la articulación de las relaciones comerciales internacionales; por ejemplo, en lo que concierne a la UE

  • Rusia era beneficiaria de una cuota de las fijadas como medidas de salvaguarda a la importación de acero. Ahora, la cuota correspondiente a Rusia se ha redistribuido entre otros países con el fin de que la supresión de salvaguarda a Rusia no conlleve una sobreprotección del mercado de la UE;
  • Se ha decidido eliminar temporalmente (hasta el final de 2024) los aranceles sobre insumos destinados a la producción de abonos de nitrógeno (Rusia era el segundo proveedor) a todos los países (salvo Rusia y Bielorrusia) para facilitar las importaciones de forma que se reduzcan los costes para los productores y agricultores europeos (de esta forma se ayudará a la estabilidad y la diversificación de la oferta ampliando el rango de terceros países proveedores).

 

  1. Con carácter general, los informes de los especialistas sobre el comercio mundial destacan que el volumen del comercio internacional creció a una tasa sustancialmente baja (6%) mientras que su valor experimentó un ascenso record (1 billón de dólares más que el primer trimestre de 2021)[4].

 

Esto se explica por un incremento de los precios, especialmente de la energía, los metales y los productos químicos, que infla el comercio internacional. Los expertos de la UNCTAD prevén que las discrepancias entre el valor y el volumen del comercio se profundicen aún más y, paralelamente, los de la OMC afirman que las perspectivas de la economía global se han “ensombrecido” desde el comienzo de la guerra y prevén crecimientos modestos del comercio de mercancías en 2022(3%) y 2023 (3,4%).

Es cierto que la guerra no es el único factor que afecta el comercio internacional pero sin duda el conflicto perjudica, cuando menos, la ya deteriorada percepción económica derivada de la pandemia (se detectan la existencia de riesgos mayores en las operaciones). En este contexto, se persigue la resiliencia; esto es: minimizar las disrupciones que pueden causar las circunstancias sobrevenidas e inesperadas; además de los costes, lo que preocupa es la seguridad.

  • Los gobiernos tienden a intervenir en mayor medida en la actividad económica para promover y proteger sectores estratégicos.
  • Las empresas buscan nuevos suministradores e intermediarios que “acorten de las cadenas globales de valor” (re-shoring, near-shoring) y se orienten hacia con “países amigos” (friend-shoring), con los que se comparten valores políticos.

En este sentido, no hay que perder de vista la introducción de nuevas normas relativas al respeto a los Derechos humanos –estándares laborales y medioambientales- (la UE las está introduciendo, más allá de lo establecido en acuerdos de libre comercio). Se habla, en la nueva jerga, de la “inteligencia para la internacionalización”. Esta tendencia presenta el riesgo de polarización y generación de bloques.

 

En este contexto ¿qué ocurre con el sistema multilateral del comercio? ¿qué pasa con la OMC?

Tanto Rusia (desde 2012) como Ucrania (desde 2008) son miembros de esta organización de la que también forman parte la UE y EEUU (desde su fundación).

Las obligaciones de la OMC marcan compromisos relativos al comercio internacional de mercancías y de servicios –además de sobre la regulación de aspectos de derechos de la propiedad intelectual- tendentes a la eliminación de obstáculos a las importaciones y exportaciones; esto es, a la liberalización de las transacciones transfronterizas sobre la base de la prohibición de discriminación entre Estados (tratamiento de la nación más favorecida – TNMF; art. I GATT, art. II GATS y art. 4 TRIPs) – que es la que  interesa más en este momento-, además de entre nacionales y extranjeros (tratamiento nacional).

Todo ello, con el convencimiento –existente antes de la conclusión de la II Guerra Mundial- de que la interdependencia económica que genera esta actividad facilitaría, en caso de conflicto entre Estados, la búsqueda de soluciones pacíficas.

A raíz de la invasión rusa de Ucrania se habló de la posibilidad de expulsar a Rusia, si bien esta opción no está contemplada en el Acuerdo de constitución de la OMC y se suscitaron dudas sobre su viabilidad. En cualquier caso, no se ha intentado. Tampoco Rusia se ha planteado abandonar la organización.

En el marco de la OMC se han producido dos Declaraciones plurilaterales; esto es, de algunos de sus miembros. La primera el 14 de marzo de 2022, sobre la agresión de Rusia a Ucrania, firmada por trece países además de la UE[5], y la segunda en el marco de la Conferencia Ministerial de la Organización celebrada el 12 de junio de 2022, en la que más de 50 Estados reiteraron su pleno apoyo y solidaridad a este país[6]:

En la primera (14/3/22) ya se puso de relieve la intención de los Miembros de no mantener los derechos y privilegios de Rusia como miembro de la OMC (y considerar en suspenso la solicitud de adhesión de Bielorrusia dado su apoyo a la invasión) y de apoyar a Ucrania.

El texto reza: “Tomaremos las medidas que … puede(n) incluir acciones para apoyar a Ucrania o acciones para suspender concesiones u otras obligaciones con respecto a la Federación Rusa, tales como la suspensión del tratamiento de la nación más favorecida a productos y servicios de la Federación Rusa”.

  • Así, efectivamente, distintos Miembros han remitido a la OMC notificaciones sobre la retirada del TNMF a Rusia
  • En cuanto a las acciones para apoyar a Ucrania, ya se han mencionado algunas de las decididas por la UE que, en definitiva, suponen la concesión de preferencias que, en contra de la obligación del TNMF, no se extenderán a otros miembros de la organización.

Es en este aspecto de apoyo a Ucrania en el que se incide especialmente en la segunda Declaración, esto es, la adoptada en el marco de la Conferencia Ministerial del pasado junio (12/6/22), con el fin de que los Miembros faciliten en la medida de sus posibilidades el uso de infraestructuras y la simplificación de procedimientos aduaneros para que Ucrania pueda llevar a cabo sus exportaciones. Se pone, además, especial énfasis en la dimensión agrícola del comercio de este país, importante proveedor de economías menos adelantadas y del Programa Mundial de Alimentos (PMA) de Naciones Unidas.

 

Sobre el comercio agrícola cabe destacar que en esta Conferencia Ministerial, la OMC adoptó una Declaración sobre la respuesta de emergencia a la inseguridad alimentaria[7], y, abundando en ella, se acordó, mediante una Decisión (art. XI OMC), eximir todas las compras de alimentos del PMA (adquiridos con fines humanitarios, no comerciales) de prohibiciones y restricciones al comercio para responder con urgencia a los problemas de inseguridad alimentaria[8].

 

Poco después, a instancia del Secretario General de NU, Rusia, Ucrania y Turquía firmaron el 27 de julio un Memorándum de Entendimiento para la exportación de granos (Black Sea Grain Deal)[9] con una duración de 120 días (prorrogables salvo notificación en contra de una parte), en cuya virtud se acordó (tanto para las exportaciones ucranianas como para las rusas de alimentos y abonos) crear un corredor marítimo seguro para permitir la exportación de alimentos (cereales) y abonos desde los puertos ucranianos Odesa, Chornomorsk, Yuzhny. – A 12 de septiembre, se habían producido 122 viajes desde y 144 hacia Ucrania; (la asociación de puertos marítimos de Ucrania informó que desde el 26 de agosto han partido barcos desde puestos ucranianos con productos básicos alimentarios para 15 países –incluyendo España, Holanda, Italia- y para el PMA).

La continuidad del acuerdo ha atravesado una crisis cuando el 31 de octubre Rusia decidió suspender su participación en el acuerdo, arguyendo falta de seguridad por razón de los ataques que atribuye a Ucrania en la zona y que los barcos cargan otro tipo de bienes y trasladan personas; la ONU, que coordina la operación ha dicho que esto es falso), si bien Ucrania, Turquía y UN trataron de continuar con la iniciativa[10] y, finalmente, Rusia se avino a mantener los términos del acuerdo el pasado 3 de noviembre. Esto revela cómo el comercio, no sólo no escapa de los efectos de la guerra, sino cómo se convierte en un arma más en el combate, en el que terceros (especialmente países con hambruna) pueden ser utilizados como rehenes/chantaje.

Volviendo a la regulación internacional del comercio, como se ha visto, tanto la supresión del TNMF a Rusia como las preferencias a Ucrania, son incompatibles con las obligación del TNMF, si bien podrían quedar amparadas por a la excepción de seguridad nacional (art. XXI GATT, GATS, art. 73 ADPIC).  Aunque la primera Declaración no lo menciona expresamente, parece hacerse alusión a este precepto para justificar la adopción de las medidas al reproducir parte de su texto de estos en los siguientes términos:

“Tomaremos las medidas que, como miembros de la OMC, consideremos necesarias para proteger nuestros intereses esenciales de seguridad”.  

Esta expresión es la que utiliza el artículo XXI GATT a la hora de permitir medidas contrarias a los compromisos adquiridos en virtud de los Acuerdos de la OMC en circunstancias excepcionales, como el caso de una “guerra u otra emergencia en las relaciones internacionales” cuando “se estime necesario para proteger intereses esenciales de seguridad en situaciones de grave tensión internacional”.

En todo caso, la cobertura legal de la suspensión del TNMF a Rusia y de las ventajas concedidas a Ucrania pasa por su encaje en el precepto tal y como fue interpretado en 2019 por el panel que resolvió el asunto que, precisamente, enfrentó a Rusia y a Ucrania (art. XXI GATT) con motivo de las medidas rusas restringían el tránsito internacional por carretera y ferrocarril de carga procedente de Ucrania con destino a las Repúblicas de Kazajstán y de Kirguisa y prohibían el tránsito de determinadas categorías de productos[11].

El panel claramente estableció que tiene que haber:

  • Una situación de emergencia en las relaciones internacionales; es un hecho objetivo, cuya existencia puede ser determinada sin más. Se entiende como conflicto armado (existente o latente) o alta tensión o crisis, o situación de inestabilidad general de un Estado que dan lugar a cierto tipo de intereses para el Miembro[12]: esto ocurre con Rusia y Ucrania; habría que determinar si con los demás.
  • Unas medidas (suspensión del TNMF / no extensión de la ventaja al resto de los miembros de la OMC) “destinadas a proteger intereses esenciales de seguridad”; (i.e. defensa o intereses militares, interés en mantener la ley y el orden público).
  • Y, si bien se respeta la existencia de cierto grado de discrecionalidad de los Estados a la hora definir dichos intereses y de evaluar la necesidad de adoptar tales medidas con el fin de protegerlos[13], sí se requiere la existencia de buena fe (demostrar veracidad) y de una conexión racional entre la medida y la situación de emergencia. Esto lleva a plantear que en el caso de la UE y otros miembros que adoptan estas medidas, habría que identificar tanto el interés como la conexión racional de las medidas. En el caso de Rusia, cabría plantear la dimensión y alcance de la referencia a la buena fe puesto que, no sería extraño dudar sobre su existencia dado que es quien inicia la invasión y, paradójicamente, en consecuencia se exonera del cumplimiento de sus obligaciones comerciales internacionales[14].

En todo caso, no se ha iniciado (aún) ningún procedimiento de arreglo de diferencias sobre esta cuestión.

Para concluir (QUINTO), como ya dijera el pasado mes de abril la Directora General de la OMC, Ngozi Okonjo-Iweala, la guerra en Ucrania, además del inmenso sufrimiento humano, ha perjudicado a la economía mundial en un momento crítico, y sus repercusiones se sentirán en todo el mundo.

Ella incidía también en la importancia de la continuidad del comercio para asegurar un acceso estable y equitativo, especialmente, a los artículos de primera necesidad pues las restricciones del comercio amenazan el bienestar de familias y empresas y, sin duda, dificultará una recuperación económica duradera, especialmente tras la pandemia y en un momento de fuertes presiones inflacionistas sobre los suministros esenciales y de crecientes presiones sobre las cadenas de suministro.

Resulta evidente que la guerra y los regímenes sancionadores están forzando cambios en los patrones de comercio, pues, como decíamos al principio, el agua siempre busca su salida, pero el gran peligro no son estas alteraciones sino el daño para el sistema del comercio internacional.

En este sentido, es cierto que la guerra

  • ha contribuido a poner en entredicho las bondades de la interdependencia económica a la hora de promover la resolución pacífica de los enfrentamientos entre Estados y, en definitiva, a una paz duradera (como tradicionalmente se ha argumentado).
  • Es más, incluso se ha podido llegar a argumentar que esta interdependencia económica puede crear obstáculos para adoptar las medidas necesarias que se puedan considera necesarias para la paz.

 

En todo caso, lo que sí está claro es que la interdependencia económica, si no logra evitar la guerra, la hace más difícil. De ahí que no deje de ser un incentivo para la paz o, al menos, un elemento estratégico de gran importancia que debe tenerse en cuenta a la hora de decidir sobre la guerra.

 

En esta línea, no quisiera terminar sin destacar un par de ideas sobre el comercio internacional:

  1. Que es una herramienta para el progreso no sólo económico, sino también social.

Los propios ODS reconocen este carácter instrumental para la consecución de sus fines. Por ello es necesario que guarde los equilibrios adecuados con otros temas conectados (medio ambiente, seguridad alimentaria, derechos laborales, igualdad de género … para los que es también herramienta).

  • A título ilustrativo, en materia de seguridad alimentaria los dirigentes de la Organización de las NU para la Alimentación y la Agricultura, el FMI, el Grupo Banco Mundial, el PMA y la OMC han emitido declaraciones conjuntas 21.9.22 (también el 15.7.22) instando a los Gobiernos a actuar urgentemente y de manera coordinada para hacer frente a la grave crisis alimentaria subrayando la importancia realizar un “esfuerzo global y coordinado continuado para apoyar la eficiencia de la producción y el comercio”.
  1. Que hace falta recuperar y/o fortalecer la confianza en él; para lo que se precisan institucionales robustas que promuevan el diálogo en un marco multilateral. No hay que olvidar que la confianza se basa en la reputación; esto es, el comportamiento constante que resulta de una adecuada gobernanza, tanto en lo que concierne a valores e intereses sociales –material- como en lo que se deriva de la aplicación de las normas que los contienen –procesal-[15].

 

 

[1] Comisión Europea, Informe sobre el impacto de la guerra en Ucrania en el comercio mundial y la inversión, 5.5.2022.

[2] Las sanciones de la UE pueden verse en https://www.consilium.europa.eu/es/policies/sanctions/restrictive-measures-against-russia-over-ukraine/. Las ha adoptado sobre la base de su competencia en materia de política exterior y de seguridad común; título V, cap. 2 del TUE, art. 23 y ss., no de política comercial.

[3] El Acuerdo de Asociación entre la Unión europea y sus Estados Miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, DO L 161 de 29.5.2014, contiene el Acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo (ZLCAP), aplicable provisionalmente desde 1.1.2016, https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX%3A22014A0529%2801%29.

[4] Global Trade Update, UNCTAD, julio 2022, https://unctad.org/system/files/official-document/ditcinf2022d2_en.pdf

[5] General Council, Joint Statement on Aggression by the Russian Federation Against Ukraine with the Support of Belarus, Albania; Australia; Canada; European Union; Iceland; Japan; Republic of Korea; Republic of Moldova; Montenegro; New Zealand; North Macedonia; Norway; United Kingdom and United States, WT/GC/244, 15.3.2022.

[6] Joint Statement from WTO Members in Support of Ukraine, 12.6.22, https://ustr.gov/about-us/policy-offices/press-office/press-releases/2022/june/joint-statement-wto-members-support-ukraine.

[7] Adoptada el 17.6.22, WT/MIN(22)/28, WT/L/1139.

[8] Decisión para la exención de las prohibiciones o restricciones a la exportación para las compras de alimentos realizadas por el PMA, adoptada el 17.6.22, WT/MIN(22)/29, WT/L/1140.

[9] allows for significant volumes of commercial food exports from three key Ukrainian ports in the Black Sea – Odesa, Chornomorsk, Yuzhny. The UN Secretary-General also announced the establishment of a Joint Coordination Centre to monitor implementation. It will be hosted in Istanbul and will include representatives from Ukraine, Russia and Turkey. Ukrainian vessels will guide the cargo ships into international waters of the Black Sea, avoiding mined areas. The vessels will then proceed towards the Bosphorus Strait along an agreed corridor. Ships heading to and from the Ukrainian ports will be inspected by teams organised by the Joint Coordination Centrehttps://www.un.org/en/black-sea-grain-initiative

[10] P. Polityuk y M. Nichols, “UN, Turkey and Ukraine press ahead with Black Sea Grain Deal despite Russian pullout”, Reuters, 31.10.22.

[11] Rusia: Medidas relativas al tráfico en tránsito, WT/DS587, 4.9.2019. Estos criterios fueron después seguidos en lo que concierne al art. 73 del ADPIC para la resolución de la controversia Arabia Saudita – Medidas relativas a la protección de los derechos de propiedad intelectual, WT/DS567, 16.6.2020. Con anterioridad, la constitución del Grupo especial que adoptó el Informe en la controversia Estados Unidos - Estados Unidos – Comercio nicaragüense, L/6053, 13 de octubre de 1986, se estableció con un mandato especial que le impedía examinar la validez del recurso al artículo XXI del GATT de 1947. (párrafos 1.4, 5.3 y 5.7). 

[12] Paras. 7.76 – 7.77.

[13] En este contexto, los Miembros cuentan con cierto grado de discrecionalidad. A diferencia del art. XX.d GATT, no es necesario analizar si el mismo objetivo puede lograrse con medios alternativos menos restrictivos del comercio. Partiendo de la buena fe, basta con que la medida esté “plausiblemente” relacionada con la preservación del interés esencial en cuestión. Vid. Rusia: Medidas relativas al tráfico en tránsito, WT/DS587, 4.9.2019, paras. 7.131, 7.134, 7.138, 7.146 y 7.147.

[14] Z. Opeida, “War and Peace (Through Trade): Is There a Role for the WTO in Bringing Peace to Ukraine?”, 16.8.22, https://www.jurist.org/commentary/2022/08/war-and-peace-through-trade-is-there-a-role-for-the-wto-in-bringing-peace-to-ukraine/

[15] Sobre esta cuestión, Restoring Trust in Trade, pp. 2-9.

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