Acceso, admisión y apoyo de estudiantes
El plan de estudios de las enseñanzas de máster de la Universidad Complutense de Madrid podrá exigir satisfacer unos determinados requisitos previos de titulación y formación, y/o la superación de una prueba de acceso, para el acceso a los mismos. Asimismo, la admisión a las enseñanzas de master podrá prever la posible existencia de unas vías prioritarias, establecidas en sus planes de estudios.
Se incluye aquí información de tipo general, por lo que conviene consultar la información actualizada relativa a plazos de preinscripción y matrícula, así como la relacionada con la gestión administrativa del máster (matriculación, certificados, convalidaciones, etc.), en la sección correspondiente (véase la sección dirigida a futuros alumnos).
Adjudicación de plazas:
La resolución del proceso de admisión corresponderá al Rector, o Vicerrector en quien delegue, y se efectuará de acuerdo con lo que resulte de la aplicación de las reglas, prioridades y criterios de valoración establecidos en la presente normativa. Se realizará mediante un procedimiento conforme a criterios de mérito, igualdad y capacidad.
En el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad en cada Centro se procederá al estudio de las posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos, y se incluirían los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
Criterios de Admisión: Las solicitudes recibidas se priorizarán de acuerdo con los criterios disponibles aquí.
Para establecer las condiciones de acceso al Máster se ha tenido en cuenta lo dispuesto en el Artículo 16 del Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre (BOE 260, de 30 de octubre de 2007), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Por ello:
1. Para acceder a las enseñanzas oficiales del Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
2. Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
De modo particular, se hace notar que en cada Centro se procederá al estudio de las posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, y se incluirán los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
Normativa específica del Máster en Biología Evolutiva: se establecerá una lista de prelación de los solicitantes de acuerdo con los siguientes criterios: (1) priorización del Máster en Biología Evolutiva sobre otros estudios de Máster (se dará prioridad a quienes lo soliciten como primera opción), (2) méritos académicos (véase el apartado siguiente), y (3), en caso de empate, estricto orden temporal de solicitud. La selección de estudiantes no contempla ninguna prueba de acceso.
Con carácter general, el criterio preferente para la ordenación de las solicitudes será el expediente de los estudiantes. Los másteres que así lo requieran, podrán realizar esta ordenación teniendo en cuenta la valoración del conjunto del currículo de los estudiantes, de acuerdo con lo previsto en su plan de estudios. La valoración del currículo de los solicitantes, y su ulterior escalafonamiento, podrá, en su caso, tener en cuenta otros criterios de evaluación, especificando el peso de cada uno de ellos en la valoración final. Dentro de estos criterios pueden comprenderse, entre otros, los siguientes:
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Valoración de formación previa específica.
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Experiencia profesional previa en el ámbito del conocimiento del máster.
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Acreditación por organismos oficiales del conocimiento de idiomas.
Los estudiantes acompañarán a su solicitud de admisión a estos másteres la documentación justificativa de sus méritos evaluables, conforme a lo dispuesto en el correspondiente plan de de estudios.
Normativa específica del Máster en Biología Evolutiva: se dará prioridad a los licenciados o graduados en Biología, frente a los que cuenten con otras titulaciones.
Además, y de forma más general, se seguirá la normativa de Admisión a los Estudios de Máster de la Universidad Complutense de Madrid, aprobada en Consejo de Gobierno el 10 de noviembre de 2008, y que es la siguiente (cuando existe flexibilidad en la normativa, se indica en cada caso el procedimiento adoptado en la selección de estudiantes del Máster en Biología Evolutiva):
Número de plazas de nuevo ingreso ofertadas:
Anualmente la Universidad Complutense de Madrid publicará la convocatoria del proceso de admisión a los estudios de máster, donde se especificará el número de plazas ofertadas en cada uno de los estudios de máster, así como los plazos y procedimientos para la presentación de solicitudes, y la documentación que haya de acompañar a las mismas.
Es competencia del Rector de la UCM, o del Vicerrector en quien delegue, la convocatoria y resolución del proceso de admisión a los estudios de máster en esta Universidad.
Pruebas de acceso especiales:
Los másteres podrán establecer en su plan de estudios una prueba de evaluación específica de las aptitudes personales o de los conocimientos de quienes soliciten acceder al mismo. En su caso, la Universidad convocará estas pruebas anualmente, con la suficiente antelación y coordinación con el proceso de admisión.
Los aspirantes que realicen esta prueba podrán ser calificados como aptos o no aptos. La superación de la misma tendrá una validez de tres años.
Normativa específica del Máster en Biología Evolutiva: la selección de estudiantes no contempla ninguna prueba de acceso.
Plazos de preinscripción:
Los estudiantes formalizarán la preinscripción en el modelo normalizado que al efecto establezca la Universidad Complutense de Madrid, donde, por orden de preferencia, podrán solicitar su admisión a un máximo de seis enseñanzas de máster. Los estudiantes sólo podrán presentar una única solicitud de preinscripción; la presentación de dos o más solicitudes conllevará la nulidad de todas ellas. Información actualizada en la sección de másteres de la UCM (disponible aquí).
Período y requisitos para formalizar la matrícula:
Información actualizada en la sección de másteres de la UCM (disponible aquí).
Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso:
Licenciados en Ciencias Biológicas o Ambientales, así como Ingenieros Agrícolas y Forestales y otras titulaciones afines (véase criterios de admisión).
Reserva de plazas:
La Universidad Complutense de Madrid reservará un número determinado de plazas para ser adjudicadas entre los estudiantes con discapacidad, o calificados como deportistas de alto nivel. Las plazas objeto de reserva para estos estudiantes que queden sin cubrir serán acumuladas a las ofertadas por la Universidad por el régimen general, en cada una de las convocatorias. La ordenación y adjudicación de las plazas reservadas se realizará atendiendo a los criterios de valoración que sean de aplicación a cada máster.
Plazas reservadas a estudiantes con discapacidad: Se reservará un 5 por 100 de las plazas disponibles para los estudiantes que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, o padezcan menoscabo total del habla o pérdida total de audición así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a las condiciones personales de discapacidad que durante su escolarización anterior hayan precisado recursos extraordinarios.
Plazas reservadas a deportistas: Se reservará un 3 por 100 de las plazas disponibles para los estudiantes que, reuniendo los requisitos académicos correspondientes, el Consejo Superior de Deportes califique y publique como deportistas de alto nivel antes del 15 de junio del año en curso, o que cumplan las condiciones que establezca el Consejo de Universidades.
Los centros que impartan másteres relacionados con las enseñanzas en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, o estudios relacionados con la actividad física y el deporte, podrán reservar un cupo adicional equivalente como mínimo al cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas de alto nivel.
Información sobre transferencia y reconocimiento de créditos:
La organización de las enseñanzas en el EEES tiene entre sus objetivos, según el Real Decreto 1618/2011 de 14 de noviembre sobre Reconocimiento de Estudios en el ámbito de la Educación Superior, "aumentar la compatibilidad y comparabilidad entre los sistemas europeos de Educación Superior, respetando su diversidad, con la intención de promover la movilidad de estudiantes, titulados, profesores y personal de administración". Ello contribuye a fomentar la movilidad de los estudiantes, tanto dentro de Europa, como con otras partes del mundo, y sobre todo la movilidad entre las distintas universidades españolas y dentro de una misma universidad. Con este propósito, cada universidad se plantea un sistema de transferencia y reconocimiento de créditos, entendiendo como tales:
Reconocimiento es la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra Universidad, son computados en otras enseñanzas distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
Así mismo, la Transferencia implica que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.
Para cumplir esta normativa, y en consonancia con las Normas reguladoras del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en los estudios de Máster universitario de la Universidad Complutense de Madrid, la Comisión de Estudios del centro o centros implicados, a propuesta del Consejo Coordinador del Máster, estudiará los casos individuales de estudiantes que hayan cursado materias relacionadas con el Máster, con el fin de reconocer los créditos correspondientes. Se reconocerá a los estudiantes los créditos obtenidos en aquellas asignaturas de otros Másteres que tengan más de un 75% de contenido común con alguna asignatura del Máster en Biología Evolutiva. Para ello, se nombrará una comisión de dos expertos, elegidos entre el profesorado del Máster, quienes se encargarán de valorar los contenidos de las materias cursadas y su concordancia con los propios del Máster, a efectos de reconocimiento y convalidación.
Procedimiento de adaptación de los estudiantes procedentes de enseñanzas anteriores: No se aplica.
Cursos de adaptación: No hay.
Resolución de la convocatoria y de las reclamaciones:
Por resolución del Rector o del Vicerrector en quien delegue, la Universidad publicará la relación de la adjudicación de las plazas ofertadas para sus estudios de máster en la forma prevista en la convocatoria. Los interesados podrán reclamar ante el Rector en los tres días siguientes a la publicación oficial de la relación de adjudicación de plazas. Las reclamaciones serán presentadas ante el Vicerrectorado competente, el cual, tras la comprobación de las alegaciones efectuadas por el interesado, procederá a elevar la correspondiente propuesta de resolución de reclamación.
Mecanismos de información y orientación para estudiantes matriculados:
Los estudiantes, una vez matriculados, tendrán a su disposición la forma de contactar con los coordinadores del Máster y de las distintas materias que lo conforman, a los que podrán exponer sus dudas y solicitar orientación. Las TICs modernas admiten un contacto mucho más fluido entre el estudiante y el profesor, permitiendo que se relacionen a través de blogs, foros, o el simple e-mail. A cada alumno se le asignará un tutor o mentor al que pueda confiar sus dudas e inquietudes. Además de a su tutor, los estudiantes podrán contar con el apoyo de los agentes que la Facultad pone a su disposición a través de sus Vicedecanatos de Posgrado y Extensión Cultural y de Investigación y Relaciones Internacionales. Para los asuntos administrativos, tendrán a su disposición al personal de la Secretaría de Alumnos y la Secretaría Académica de la Facultad.
Aparte del profesorado del Máster, la implicación de otros profesionales en la dirección de Trabajos Fin de Máster ampliará la oferta de apoyo formativo e institucional al alcance de los estudiantes una vez matriculados.