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Criterios de Corrección Generales

 

Acuerdo de 11 de noviembre de 2024 por el que se modifica el acuerdo de 16 de octubre de 2024

de la Comisión Organizadora de la Prueba de Acceso a la Universidad de la Comunidad de Madrid por el que se

aprueban los CRITERIOS DE CORRECCIÓN GENERALES para las convocatorias ordinarias y extraordinarias de 2025

 

La Comisión Organizadora, en su reunión del día 11 de noviembre de 2024, ACUERDA:

El establecimiento de los siguientes CRITERIOS DE CORRECCIÓN GENERALES:

En todos los ejercicios de la prueba de acceso a la universidad se valorarán específicamente la capacidad expresiva y la corrección idiomática de los estudiantes, y para ello se tendrá en cuenta, además de la adecuación a lo solicitado en el enunciado:

1. La corrección ortográfica (grafías, tildes y puntuación).
2. La coherencia, la cohesión, la corrección gramatical, la corrección léxica y la presentación.


Deducciones

El corrector marcará los errores en el ejercicio y especificará claramente la deducción efectuada en la nota global en relación con los dos criterios anteriores.
Las penalizaciones por errores en lo anterior se aplicarán atendiendo a los siguientes criterios según las distintas materias:

 

ASIGNATURAS GENERALES (excepto a Lengua Castellana y Literatura II, Latín II, Griego II y Lengua Extranjera II)

La máxima deducción global en el ejercicio será de un punto de la forma siguiente:

● Los dos primeros errores ortográficos no se penalizarán.
● Cuando se repita la misma falta de ortografía se contará como una sola.
● A partir de la tercera falta de ortografía se deducirá:

- 1 a 3 faltas, 0.25 puntos

- 4 a 6 faltas, 0.50 puntos

- 7 a 9 faltas, 0.75 puntos

- 10 o más faltas, 1 punto

● Por errores en la redacción, en la presentación, falta de coherencia, falta de cohesión, incorrección léxica e incorrección gramatical se podrá deducir un máximo de medio punto.

Obsérvese que en aquellos casos en los que la suma de las deducciones anteriores sea superior a un punto, esta será la máxima deducción permitida: un punto.

 

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA II

La máxima deducción global en el ejercicio será de dos puntos de la forma siguiente:

● La primera incorrección ortográfica no se penalizará.
● Cuando se repita la misma falta de ortografía se contará como una sola.
● A partir de la segunda, por cada falta se deducirán 0.25 puntos hasta un máximo de dos puntos.
● Por errores en la redacción, en la presentación, falta de coherencia, falta de cohesión, incorrección léxica e incorrección gramatical se podrá deducir un máximo de un punto.

Obsérvese que en aquellos casos en los que la suma de las deducciones anteriores sea superior a dos puntos, esta será la máxima deducción permitida: dos puntos.

 

LATÍN II, GRIEGO II Y LENGUA EXTRANJERA II

Los criterios de corrección del ejercicio de las materias de Latín II, Griego II y Lengua Extranjera II incluirán una rúbrica de corrección de la producción de textos por parte del alumno que respetará lo dispuesto en el último párrafo del artículo del artículo 13.10 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regula el acceso a las enseñanzas universitarias de Grado.