Departamentos

Logopedia Plan 2018

Grado y Doble Grado. Curso 2024/2025.

Acceso específico al título

Acceso y admisión al Grado

Servicio de Orientación y Programa de Mentoría

Información específica para matrícula

Guía de matrícula

Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso

Perfil de ingreso

 

La Logopedia es una disciplina que se inscribe dentro de las Ciencias de Salud, aunque también mantiene estrechas relaciones con las Ciencias Sociales, por ello el estudiante que elija como opción el Grado en Logopedia es recomendable que posea capacidades de atención y percepción, capacidad de análisis y síntesis, rigurosidad, memoria visual y auditiva, razonamiento lógico, aptitudes numéricas y espaciales, facilidad de abstracción, inclinación hacia el lenguaje y la comunicación, y curiosidad por sus fundamentos, interés por la investigación y los acontecimientos científicos, curiosidad e interés por el desarrollo humano y por las nuevas tecnologías. Son aptitudes recomendables la sensibilidad social, el interés por las relaciones interpersonales, la flexibilidad y el sentido crítico.

 

Competencias de ingreso

 

Las competencias de ingreso están relacionadas con las que los estudiantes deben lograr al finalizar el bachillerato, y más específicamente con los objetivos de la modalidad de Ciencias y Tecnología (Ciencias de la Salud). Los estudiantes tendrán competencias en Biología (humana), Física (especialmente del sonido) y Matemáticas (Estadística, Probabilidad).

 

Títulos que permiten el ingreso

 

De acuerdo con lo que establece la normativa vigente, relativa al acceso a la Universidad, los alumnos accederán a los estudios de Grado de Logopedia mediante la superación de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) contemplada en el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos que contemple la normativa.

 

Tendrán prioridad en el Grado de Logopedia los estudiantes que hayan cursado la modalidad de Ciencias y Tecnología (Ciencias de la Salud) en el bachillerato actual (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas), o la modalidad de Ciencias de la Salud en el Bachillerato previsto en la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre (LOGSE). Si la oferta de plazas no se cubriera con los estudiantes que hayan cursado estas modalidades, se admitirán estudiantes de otras modalidades.

 

Las solicitudes que se encuentren en igualdad de condiciones se ordenarán aplicando el criterio que corresponda de entre los siguientes:

 

1.- Las calificaciones definitivas obtenidas en las pruebas de acceso a la Universidad.

2.- La nota media resultante de promediar la puntuación obtenida en las pruebas de madurez y la media del expediente académico del Bachillerato Superior y del curso Preuniversitario.

3.- La nota media del expediente académico del BUP o, en su caso, del Bachillerato

Superior y del COU, para los que hayan superado este último con anterioridad al curso 1974-75.

4.- La nota media del expediente académico de Bachillerato para quienes hayan cursado planes de estudios anteriores al del año 1953.

5.- La nota media del expediente académico, cuando se acredite estar en posesión de titulación universitaria o equivalente.

 

La UCM ofrece la posibilidad de acceder a los estudios superiores a estudiantes mayores de 25 años que carecen de Bachillerato y de la PAU, o que poseen un título de bachillerato anterior a la LOGSE y no cumplen las condiciones para el acceso a la universidad. La prueba de acceso a la Universidad para los mayores de 25 años se rige por el Real Decreto 743/2003, de 20 de junio, y por la Orden 32/2006, de 9 de enero, del Consejero de Educación, por la que se regula la prueba de acceso a la Universidad de los mayores de 25 años en el ámbito de las Universidades de la Comunidad de Madrid.

 

Adaptación de la titulación extinguida

Procedimiento de adaptación de los estudiantes que cursan sus estudios en el plan de estudios anterior –Diplomatura‐ al nuevo plan de estudios ‐Grado‐

 

La tabla siguiente muestra las equivalencias entre asignaturas de la Diplomatura de Logopedia y las del nuevo título de Grado: Diplomatura

Créditos

LRU

Grado

Créditos ECTS

Lingüística I y II y Fonética y fonología

12

Lingüística I y II

12

Introducción a la Psicología

8

Introducción a la Psicología

6

Psicología del lenguaje

8

Psicología del lenguaje

6

Adquisición y desarrollo del lenguaje

8

Adquisición y desarrollo del lenguaje

6

Introducción a los trastornos del lenguaje I y II

8

Introducción a la Patología del lenguaje

6

Evaluación del lenguaje

8

Evaluación del lenguaje I

6

Intervención logopédica en los trastornos de la voz e Intervención logopédica en las sorderas

8

Trastornos de la voz y la audición

6

Intervención logopédica en los trastornos del desarrollo II

8

Trastornos del desarrollo y del aprendizaje

6

Trastornos de la fluidez del habla e Intervención logopédica en el autismo y trastornos psicopatológicos

8

Trastornos del lenguaje asociados a problemas psicopatológicos o con implicación emocional

6

Introducción a la Audiología y Audiología aplicada

8

Fisiología de los órganos de la audición. Bases de Audiología.

6

Sistemas alternativos de comunicación

8

Sistemas de comunicación alternativos

6

Métodos de investigación en Logopedia

8

Estadística I

6

Prácticum de 1º

9

Preparación para las prácticas externas

6

Prácticum de 2º y 3º

23

Prácticas externas

12

 

En cualquier caso, este procedimiento de adaptación de los estudios de Diplomado/a en Logopedia al nuevo plan de estudios de Graduado/a en Logopedia se atendrá a la normativa futura que apruebe el Gobierno al desarrollar el artículo uno, apartado 32, de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de noviembre, de Universidades, el cual modifica el artículo 36 de esta última ley y establece que “el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, regulará: a) los criterios generales a que habrán de ajustarse las universidades en materia de convalidación y adaptación de estudios cursados en centros académicos españoles o extranjeros”.

 

Cursos de adaptación (plan curricular y condiciones de acceso)

CURSO DE ADAPTACIÓN AL GRADO EN LOGOPEDIA