Prohibición in totum
Modalidad de censura preventiva adoptada por la Iglesia romana o el Papado, mediante la cual se ejercía una prohibición de impresión, posesión, venta y lectura sobre la totalidad de una obra. Las consecuencias de su aplicación eran dos, esencialmente: la destrucción y/o quema sistemática de ejemplares, o la prohibición de imprimir sucesivas ediciones.
Consejo de Inquisición, Nos los Inquisidores Apostólicos contra la herética pravedad y apostasía por autoridad apostólica, real y ordinaria [...],
Barcelona, 1ª ed., 1817.
Véase Expurgo.
Dado lo definitorio de esta acción, la Inquisición española desarrolló en paralelo una censura ejercida a posteriori, o donec corrigantur, por la cual sí se prohibía la lectura o venta de la obra, pero sólo hasta que la obra fuera corregida o expurgada.
La censura no se circunscribe exclusivamente a una necesidad de mantener la unidad de fe, sino que trasciende esta esfera para ejercer un control sobre la producción intelectual y frenar ideas que atenten contra la ortodoxia establecida.
NJP
⇒ Para seguir leyendo...
FULD, Werner, Breve historia de los libros prohibidos, Barcelona, RBA, 2013.
GACTO FERNÁNDEZ, Enrique, Inquisición y censura. El acoso a la inteligencia en España, Dykinson, 2006.
GIL, Luis, Censura en el mundo antiguo, Madrid, Alianza editorial, 2007.
INFELISE, Mario, Los libros prohibidos. Una historia de la censura, Buenos Aires, Nueva Visión, 2004.
MARTÍNEZ DE BUJANDA, Jesús, El Índice de Libros Prohibidos y Expurgados de la Inquisición Española (1551-1819): Evolución y contenido, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 2016.
PEÑA DÍAZ, Manuel, Escribir y prohibir. Inquisición y censura en los siglos de Oro, Madrid, Cátedra, 2015.
REYES GÓMEZ, Fermín de los, El libro en España y América: Legislación y censura (siglos XV-XVIII), Madrid, Arco-Libros, 2000.