Seguros

Seguros de las prácticas

 ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL

 

Los estudiantes que realicen prácticas académicas externas deberán ser incluidos en el sistema de la Seguridad Social, según lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, introducida por el Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo. La vigencia será desde el 1 de enero de 2024, de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio.

El cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social se ajustará a las siguientes reglas:

a) En el caso de las prácticas formativas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. En el supuesto de que el programa esté cofinanciado por dos o más entidades u organismos, tendrá la condición de empresario aquel al que corresponda hacer efectiva la respectiva contraprestación económica.

b) En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa. Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica formativa.

Más información en la página web de la Seguridad Social:


SEGUROS DE LOS ESTUDIANTES EN PRÁCTICAS

 

Responsabilidad civil. Cubre a todos los estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales o propias de la UCM en todo el mundo excepto en Estados Unidos y Canadá. Más información

Seguro escolar. Cubre de forma automática a todos los menores de 28 años matriculados en enseñanzas oficiales. El ámbito temporal de cobertura es el curso escolar y el geográfico el territorio nacional. Más información

Seguro de accidentes. Para los estudiantes mayores de 28 años de enseñanzas oficiales y para todos los estudiantes de enseñanzas propias, deberá contratarse un seguro de accidentes para poder realizar prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares.

La UCM ha suscrito una póliza colectiva que puede contratarse aquí

Procedimiento para directores de títulos propios o cursos de formación continua que suscriban y paguen el seguro de accidentes:
Enviar al Servicio de Acción Social  (acsocialseguros@ucm.es) el listado de estudiantes que deben suscribir el seguro, indicando sus DNI y fechas de nacimiento.

El Servicio de Acción Social emitirá la póliza y el recibo con cargo al título propio o curso de formación continua.

Seguro de asistencia sanitaria y repatriación. Es necesaria su contratación para los estudiantes que realizan prácticas en el extranjero.