Institutos Universitarios

Aspectos penales del Derecho Privado

 

CURSO 2024-2025

 

MODULO 2: FORMACIÓN COMPLEMENTARIA 

Asignatura

Aspectos penales del Derecho privado

 

Versión

Julio 2024

Módulo

2.- Formación Complementaria

Materia

2.4. Estudios Superiores de Derecho Penal

Créditos

6 ECTS

Presenciales

40 %

No Presenciales

60 %

Curso

Primero

Temporalidad

Anual

 

COORDINACIÓN 

Departamento Responsable

Instituto de Derecho Comparado

Profesor Coordinador

Correo

Rosa María Moreno Flórez

morenoflorez@der.ucm.es

 

PRESENTACIÓN

Se parte de tres realidades: 

1ª) La unidad del ordenamiento jurídico, sin que sea posible, a efectos de la aplicación, entender que cada rama del Derecho constituye un compartimento estanco, lo que repercute, esencialmente, en la categoría de la antijuridicidad que integra el concepto de delito, pero también, aunque de un modo singular, en aquellos supuestos en los que por diversas razones resulte necesario acudir al Derecho Civil para aplicar el Derecho penal. 

2ª) Las singularidades inherentes al principio de legalidad en su vertiente penal, como principio limitador del ejercicio del ius puniendi estatal, con específica incidencia en la categoría de la tipicidad que asimismo integra el concepto de delito. Diferencias en materia de fuentes, retroactividad, analogía y taxatividad o desconocimiento de la ley.

3ª) La autonomía funcional Derecho Penal y la accesoriedad relativa del mismo respecto de otras ramas del Derecho, incluido el Derecho Civil. La necesidad de acudir al Derecho Civil, cuando se trata de aplicar el Derecho Penal por distintas razones, ya sea por inclusión de elementos normativos en algunos tipos penales (matrimonio, propiedad, filiación, etc...), o, porque se considere que determinados elementos típicos de algunos ilícitos penales no pueden ser libremente construidos o interpretados por el juez penal al establecerse la prejudicialidad civil. 

 

OBJETIVOS FORMATIVOS (Resultados de Aprendizaje)

Se pretende que los estudiantes manejen y comprendan, sin perjuicio de las consecuencias del principio de unidad del ordenamiento jurídico, las peculiaridades que el Derecho Penal presenta a la hora de fijar cuáles son las fuentes del Derecho y cuáles son los procedimientos válidos para interpretar y aplicar las normas, así como el funcionamiento de la analogía, la retroactividad o la ignorancia de la ley, siendo capaces de entender las peculiaridades que el Derecho Penal presenta en las cuestiones citadas. 

Igualmente, se busca la capacidad de interpretar ciertos conceptos civiles presentes en las normas penales, reflexionar a propósito de si tales conceptos deben o no asumirse, sin variación, en el Derecho Penal y, distinguir posibles supuestos de estricta prejudicialidad civil de aquellos otros, en los que cabe construir una definición a efectos penales, distinta de la que suministra el Derecho Civil.

 

COMPETENCIAS

CE2.4.1: Competencia para comprender, analizar y efectuar propuestas, escritas y orales, a nivel avanzado, en Derecho Penal y sus relaciones con otras ramas del Ordenamiento.

CE2.4.2: Competencia para diseñar estrategias de defensa de los intereses generales y particulares en Derecho Penal.

 

CONTENIDOS TEMÁTICOS (Programa de la asignatura)

  1. Introducción. La unidad del ordenamiento jurídico. Tipicidad y antijuridicidad penal. Especial referencia al carácter subsidiario y fragmentario del Derecho Penal (ultima ratio).
  2. Principio de legalidad penal y sus consecuencias en materia de circunscripción de las fuentes del Derecho Penal a la ley formal.
  3. Aplicación de las normas penales. Interpretación y analogía (eximentes por analogía, atenuante analógica, cláusulas legales de analogía e interpretación analógica): sus límites en el Derecho Penal y el art. 4 del Código Penal. Especial referencia al valor de la Jurisprudencia y a los Acuerdos del Pleno no jurisdiccional de la Sala 2ª del Tribunal Supremo
  4. Ley penal en el tiempo (art. 2 del Código Civil y art 2 del Código Penal). Ley penal en el espacio (art. 8.1 del Código Civil y art. 23 LOPJ). Extradición y Orden Europea de detención y entrega.Ley penal ante las personas.
  5. Ignorancia de la ley (art. 6.1 del Código Civil) y error de tipo y de prohibición en Derecho Penal (arts. 14.1 y 14.3 del Código Penal).
  6. Responsabilidad civil derivada del delito: naturaleza penal o civil de las normas que la disciplinan. Sustanciación en el proceso penal o reserva de acción civil derivada del delito para ejercitarla ante la jurisdicción civil.
  7. Análisis de distintos tipos penales que incorporan elementos normativos definidos en el Derecho Civil. Alcance de la prejudicialidad civil. Especial referencia a los delitos contra las relaciones familiares y contra el patrimonio.

ACTIVIDADES FORMATIVAS

1)Actividades Presenciales

  • Exposición por el profesor de una síntesis del tema propuesto con tratamiento de los antecedentes, posiciones de la doctrina científica y jurisprudencial así como su eventual  proyección práctica.
  • Intercambio de opiniones entre el profesor y los alumnos en torno a los  diferentes temas abordados Para ello se aprovecharán las experiencias de los alumnos en su actividad profesional.
  • Especial referencia en los dos casos anteriores a las experiencias de Derecho Comparado

 2) Actividades no presenciales.

  • Elaboración y exposición de un trabajo sobre el tema que se adjudique a cada uno de los alumnos.
  • La carga de trabajo del alumno representará aproximadamente unas 30 horas.

 

EVALUACIÓN

La valoración se realizará tomando en consideración diferentes elementos de juicio:

- Asistencia a las clases u otras actividades complementarias y participación en las mismas. La valoración de este factor habrá de ser positiva para que se evalúen los demás aspectos. La ponderación de este criterio será del 40 % de la calificación final

- La adquisición de conocimientos y el uso correcto de los mismos que se refleje en el trabajo u otras pruebas cuya elaboración se exija a cada alumno (Comentarios, propuestas, esquemas, etc.). La ponderación de este criterio será del 40 % de la calificación final

- La capacidad de expresar con claridad y rigor las ideas; de convicción; de innovación en el enfoque de los temas; de trabajo en equipo, etc. La ponderación de este criterio será del 20 % de la calificación final

 

BIBLIOGRAFÍA

Con carácter general, se acudirá a Manuales de Derecho Civil, Derecho Procesal y de Derecho Penal (Parte General - Fundamentos del Derecho Penal y, en su caso, Parte Especial), suministrándose en cada momento la información relativa a la edición que debe consultarse. 

Como bibliografía específica, se indica la siguiente: 

  • Álvarez García, F. J., Sobre el principio de legalidad, Valencia, 2010.
  • Bobbio, N., “La plenitud del orden jurídico y la interpretación de Carlos Cossio”, en Revista de Teoría y Filosofía del Derecho del Instituto tecnológico Autónomo de México, núm. 21, 2004, págs. 255-260.
  • Huerta Tocildo, S., “El derecho fundamental a la legalidad penal”, en Revista española de Derecho Constitucional, núm. 39, 1993, págs. 81-113.
  • Lumia, G., Principios de Teoría e Ideología del derecho, Madrid, 1978.
  • Manjón-Cabeza Olmeda, A., La Atenuante analógica de dilaciones indebidas, Madrid, 2007.
  • Manjón-Cabeza Olmeda, A., “¿Son vinculantes los Acuerdos de Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del tribunal Supremo? (A propósito del Acuerdo de 18 de julio de 2006), en Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, 10-02, 2008 puede consultarse en http://criminet.ugr.es/recpc/10/recpc10-02.pdf).
  • Octavio de Toledo y Ubieto, Emilio, Sobre el concepto del Derecho Penal, Madrid, 1984.
  • Olivecrona, Karl, El Derecho como hecho, 1939 (acceso a la traducción Buenos Aires, Depalma,1959.pdf - Google Drive).
  • Torío López, A., “Tipicidad. Referencia a la Teoría de los tipos abiertos”, en Vinculación del Juez a la ley penal, Cuadernos de Derecho Judicial, Madrid, 1995, págs. 9 y ss.

 Al inicio de cada Curso se facilitará a los alumnos la bibliografía específica que se considere pertinente en función de las aportaciones doctrinales más recientes. 

ORIENTACIÓN AL ALUMNO

A los alumnos se les indicarán las lecturas previas o complementarias que puedan serles de utilidad, y cuando sea posible, se podrán a su alcance en formato electrónico.

Los casos prácticos, comentarios o lecturas de sentencias, etc. irán precedidos de una presentación del problema y del marco jurídico de su resolución.

La comunicación de los alumnos con el profesor y, de estos entre sí, se desarrollará durante el periodo de clases presenciales de forma directa y también mediante el correo electrónico o utilizando los instrumentos web que la faciliten durante todo el curso.