Normas de funcionamiento de las colección Estudios Jurídicos
Preámbulo
La Colección de Estudios Jurídicos surge para aunar numerosas áreas de conocimiento de naturaleza jurídico-social que influyen de manera global y transversal en diferentes materias de interés general para la sociedad y para esas áreas pretende dar a conocer la investigación científica tanto en el ámbito académico como al público general.
Para llevar a cabo sus líneas de actuación, el Comité Científico de la Colección de Estudios Jurídicos contará con un grupo de profesionales especializados y de distinta procedencia incluyendo tanto a Catedráticos, como a Profesores Titulares, Profesores Contratados Doctores (PPL) y Profesores Ayudantes Doctores con el fin de promover la investigación y la participación desde distintos enfoques académicos.
Con esta Colección, Ediciones Complutense tiene como objetivo la publicación de textos académicos de una o varias autorías, con enfoque interdisciplinar de ámbito preferentemente Jurídico-Público, promoviendo la reflexión crítica y nuevas propuestas científicas de ámbito nacional, europeo e internacional y recabando para ello la investigación actual en forma de volúmenes marcados por su seriedad analítica y su perspectiva transversal.
Esta Colección acogerá textos académicos con vocación y enfoque interdisciplinares que promuevan la reflexión crítica y las lecturas renovadoras. La Colección integrará títulos tanto de autorías consagradas como de jóvenes investigadores e investigadoras, subrayando el pluralismo y la diversidad. Los textos deberán ser publicados en español o inglés, aunque excepcionalmente podrá plantearse la posibilidad de hacerlo en otras lenguas principales de ámbito europeo como el italiano, portugués, francés y alemán.
Se aceptarán manuscritos de autoría única o colectiva, sobre un tema concreto, siempre y cuando los artículos reúnan el nivel exigido por la Colección y una coherencia en su temática. En obras colectivas se calculará el porcentaje de participación de las autorías externas e internas. Como mínimo, un 50% de las autorías serán externas a la Universidad Complutense de Madrid.
Entre los objetivos fundamentales se encuentran:
- Comunicar los avances en investigación a la sociedad.
- Fomentar el estudio interdisciplinar en Estudios jurídicos y sociales.
- Potenciar el pensamiento crítico.
- Promover nuevos enfoques formales y materiales en materias jurídicas y sociales.
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA COLECCIÓN ESTUDIOS JURÍDICOS.
- Comité Científico.
El Comité científico estará compuesto por la Dirección o la Codirección, los asesores y la Secretaría.
Al menos la mitad de sus componentes deberá pertenecer a instituciones distintas de la Universidad Complutense de Madrid.
El Comité Científico se encargará de la coordinación científica y del establecimiento de la política editorial específica de la colección, así como de velar por su cumplimiento.
Todos los miembros del Comité Científico se comprometerán a respetar los principios del Código Ético que establezca Ediciones Complutense para sus colecciones científicas.
1.2. Dirección o Codirección.
La dirección podrá ser desempeñada por una o dos personas.
En el caso de desempeño unipersonal, el Director o Directora deberá ser profesor o profesora de la Universidad Complutense de Madrid y su vinculación con la misma deberá ser permanente. En el caso de codirección, bastará con que sólo uno/a de los/as Directores/as cumpla los requisitos requeridos para el desempeño unipersonal de la dirección.
La Dirección de la Colección se designará por la Presidencia del Consejo Editorial, por un plazo de 4 años, prorrogable por otros cuatro años más. Una vez constituido el Comité Científico, la designación se efectuará por la Presidencia del Consejo Editorial a propuesta del propio Comité Científico.
El nombramiento de Director/a de la Colección se deberá notificar al Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria y a la Dirección de Ediciones Complutense, acompañando copia del acta de la reunión del Consejo Editorial en que se acordó el mismo.
Serán funciones de la Dirección, las siguientes:
- Dirigir, coordinar y promocionar la actividad editorial de la colección y proponer las líneas generales de su política editorial, que deberán ser aprobadas por el Consejo Editorial de Ediciones Complutense.
- Designar a las personas asesoras del Comité, así como a su Secretaría, comunicándolo al Consejo Editorial de Ediciones Complutense.
- Convocar al Comité Científico, presidirlo y coordinar su actividad.
- Seleccionar y presentar al Comité Científico los proyectos editoriales para su aprobación, organizando y asegurando el proceso de revisión externa y de calidad científica para cada obra.
- Comunicar a la Dirección y al personal técnico de Ediciones Complutense las resoluciones adoptadas en el Comité Científico, acorde a los procedimientos de evaluación y calidad científica establecidos por la política y gestión de la editorial.
- Proponer la realización de todas aquellas actuaciones destinadas a mejorar la gestión de la colección.
- Velar por el cumplimiento de producción de obra mínima anual y calidad, así como asegurar la renovación de miembros del comité y de la Dirección cuando proceda.
1.3. Asesores o asesoras.
El número de asesores o asesoras será como mínimo de doce, y como máximo de dieciséis personas. Estarán representados los siguientes ámbitos de estudio: Derecho Constitucional, Filosofía del Derecho, Derecho Internacional, Derecho Eclesiástico del Estado, Derecho Civil, Derecho Financiero y Tributario y Derecho Procesal, entre otros. Se asegurará una composición paritaria en la que ninguno de los sexos esté representado por más de un sesenta por ciento del total de asesores o asesoras.
Los asesores o asesoras del Comité Científico en la Sesión Constitutiva del mismo, serán designados por la Dirección de la Colección, por un plazo de cuatro años, prorrogable por otros cuatro años más.
En el caso de vacante de algún asesor durante el mandato o su prórroga, la designación por parte de la Dirección de la Colección se efectuará a propuesta del Comité Científico.
El nombramiento de los asesores o asesoras se comunicará al Consejo Editorial de Ediciones Complutense.
Serán funciones de los asesores o asesoras de la Colección, las siguientes:
- Establecer las líneas generales de la política editorial de la Colección a propuesta de la Dirección, que deberán ser aprobadas por el Consejo Editorial de Ediciones Complutense.
- Velar por el cumplimiento de las directrices de normalización científica y calidad de los proyectos editoriales.
- Decidir sobre la publicación de los proyectos editoriales presentados, en base a criterios de política editorial y, en su caso, de los resultados de los informes de evaluación solicitados.
- Proponer a la Dirección de la colección las personas evaluadoras externas que revisarán las obras conforme al sistema de pares doble ciego.
- Proponer la realización de todas aquellas operaciones destinadas a mejorar la gestión de la Colección.
- Bajo la coordinación de la Secretaría de la Colección, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a las autorías.
- Colaborarán en la búsqueda de evaluadores y evaluadoras externos para los trabajos, sin que puedan evaluar publicaciones.
- Colaborarán con la Dirección de la Colección en cualesquiera otras tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento y mantenimiento de la misma, entre ellas, la de velar por el cumplimiento de producción de obra mínima anual y calidad, así como asegurar la renovación de miembros del Comité y Dirección cuando proceda.
1.4. Secretaria.
La Secretaría del Comité Científico en la Sesión Constitutiva del mismo, será designada por la dirección de la Colección, por un plazo de cuatro años, prorrogable por el mismo periodo.
En el caso de vacante de la Secretaría durante el mandato o su prórroga, la designación por parte de la dirección de la Colección se efectuará a propuesta del Comité Científico.
Serán funciones de la Secretaría las siguientes:
- Convocar el Comité Científico a instancia de la Dirección de la colección.
- Levantar acta de las reuniones del Comité Científico.
- Redactar los informes preliminares y finales de valoración de las propuestas de publicación, como paso previo a su remisión al Consejo Editorial de Ediciones Complutense para el dictamen definitivo.
- Participar en todas aquellas operaciones destinadas a mejorar la gestión de la colección.
- Se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.
- Será responsable de la comunicación con las autorías, con los miembros del Comité Científico y con Ediciones Complutense.
- Acusará recibo a las autorías de todos los trabajos recibidos.
- Organizará el proceso de revisión de los originales por parte del Comité Científico para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la política editorial de la Colección.
- Se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.
- Se preparará las reuniones con la Dirección y levantará acta de las reuniones del Comité Científico. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los asesores y los revisores.
- Colaborará con la Dirección en las relaciones institucionales de la colección, en la difusión e indexación, y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la colección.
- Velará por el cumplimiento de producción de obra mínima anual y calidad, así como asegurar la renovación de miembros del Comité y Dirección cuando proceda.
REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LA COLECCIÓN.
- El Comité Científico se reunirá, al menos dos veces al año.
- Todos los miembros del Comité Científico tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen.
- El Comité Científico podrá ser convocado de forma presencial, telemática o de forma híbrida, utilizando ambos procedimientos.
- Las convocatorias se harán por correo electrónico, con una antelación no inferior a siete días naturales, e incluirán el orden del día y la documentación correspondiente.
- Para la válida constitución del Comité Científico, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de la Dirección, de la Secretaría y la de, al menos, un tercio de las personas asesoras.
- Para la válida adopción de acuerdos, se requiere la mayoría simple de los votos emitidos por los presentes, teniendo la Dirección voto de calidad en caso de empate.
- De cada una de las reuniones del Comité Científico se levantará acta, que contendrá la relación de las materias debatidas y de los acuerdos adoptados. El acta será firmada por la Secretaría de la Colección, y quedará a disposición del Comité Científico de la Colección y del Consejo Editorial de Ediciones Complutense.
2.1. Número de libros al año
- La colección publicará un mínimo de dos libros anuales.
- En el caso de incumplimiento del mínimo anual establecido, el Comité procurará aumentar la producción de obra en los dos años siguientes para compensar y llegar al mínimo establecido.
- Si la colección estuviera más de dos años sin publicar, se procederá al cierre de la misma por parte del Consejo Editorial.
2.2. Líneas temáticas
La Colección podrá constar de las siguientes secciones o líneas temáticas:
- Regulación jurídica del poder
- Desafíos jurídicos derivados de las transformaciones sociales
- Globalización y multilateralismo
- Derechos humanos
- Otros proyectos específicos que puedan admitirse por el Comité Científico en el ámbito de estudio de la Colección
2.3. Normas de publicación
La Colección se acogerá a las normas generales de la editorial, utilizando como estilo de citación internacional Chicago (según The Chicago Manual Style, 17th edition y el Manual de Estilo Chicago-Deusto).