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Aclaraciones sobre la modificación del calendario laboral y el disfrute de los días de libre disposición

22 JUN 2020 - 19:40 CET

El pasado 5 de junio se acordó en la Mesa Sindical de la UCM, por unanimidad, modificar el calendario laboral 2020. El motivo de esta modificación fue el estado de alarma y la situación creada por la pandemia del COVID-19, junto a la incierta situación del inicio de curso en septiembre. El acuerdo establece que:
  1.  De los veintidós días hábiles de vacaciones anuales retribuidas, durante el periodo comprendido entre el 16 de julio y el 31 de agosto de 2020, deberán disfrutarse quince días de vacaciones de los cuales al menos diez se disfrutarán durante el mes de agosto. Todo ello con independencia de la semana de mínima incidencia laboral acordada en el calendario laboral para el año 2020. Los restantes 7 días hábiles de vacaciones anuales retribuidas podrán disfrutarse, de uno en uno o de forma  continuada, hasta el día 31 de enero de 2021. Es decir, estos 7 días se pueden disfrutar en cualquier momento, tanto en julio o agosto, como en cualquier otro mes, hasta enero de 2021.
  2. Los días de Libre Disposición y los días de Libre Disposición y Vacaciones por antigüedad podrán disfrutarse en los plazos previstos en el Calendario Laboral.
  3. Del 1 al 15 de septiembre la jornada se realizará de forma continuada y reducida en una hora.
Además, se crea una bolsa con los días que no se hayan disfrutado a la fecha de terminación del plazo estipulado, que se podrán acumular para disfrutarlos durante los seis meses anteriores a la jubilación del trabajador.
 
En CCOO hemos recibido diversas consultas al respecto, debidas principalmente a la libre interpretación que parece ser que algunas Gerencias de los centros hacen sobre las instrucciones y acuerdos firmados. En este sentido, la propia Gerencia de la UCM envió un correo el 19 de mayo de 2020 sobre los días libres de 2019:  
Debido a que se mantienen las condiciones de confinamiento de la población y las demás medidas sanitarias para evitar la propagación de pandemia de COVID-19, esta Gerencia ha decidido ampliar el plazo para el disfrute de los días de libre disposición y de vacaciones por antigüedad correspondientes al año 2019 hasta el día 31 de julio de 2020.
 
Esperamos que este mensaje aclare la situación. En todo caso, no dudes en preguntarnos.
 
CCOO, ¡tu sindicato!


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