Ausencia temporal CT27/16 - CT28/16

Regulación.

Artículo 9.3 de la convocatoria.

El Vicerrector de Política Científica, Investigación y Doctorado podrá autorizar a los beneficiarios de esta convocatoria, previa solicitud motivada con informe favorable del director/codirectores de la tesis doctoral, para realizar desplazamientos a centros de investigación en España y en el extranjero, de hasta tres meses de duración en un año natural, con el fin de completar su formación investigadora. Este desplazamiento no dará derecho a percepción económica adicional a su dotación como contratado, pero podrá financiarse con medios o convocatorias públicas o privadas para este fin, previa obtención de autorización de compatibilidad para su percepción, a excepción de los beneficiarios por el turno Real Colegio Complutense en Harvard que percibirán las ayudas adicionales establecidas en el apartado 8.2. Los desplazamientos serán acumulativos y no podrán superar los tres meses por año natural, salvo excepciones debidamente justificadas.

En caso de que los desplazamientos sean a los Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o aquellos otros con los que exista convenio bilateral se deberá presentar, junto con la solicitud de autorización de desplazamiento, el impreso para solicitud de mantenimiento de la legislación española de seguridad social en traslados temporales

Artículo 10.1 e) y 10.1 f) de la convocatoria.

Obligaciones de los beneficiarios:

(...)

e) Permanecer en el Centro de aplicación de la ayuda, siendo necesario para cualquier cambio de Centro, director o proyecto de investigación, o ausencia temporal para realizar desplazamientos a otros centros de investigación por parte del beneficiario, autorización del Vicerrectorado de Política Científica, Investigación y Doctorado previo informe del director/codirectores de la tesis doctoral.

(...)

f) Al finalizar las ausencias temporales o interrupciones deberán acreditar al Vicerrectorado de Política Científica, Investigación y Doctorado, en el plazo de 10 días naturales, la incorporación a su puesto de trabajo mediante certificación expedida por el Director/Codirectores de la tesis con el visto bueno del Director del Departamento.

 

Procedimiento.

Antes de la ausencia:

Los solicitantes deberán enviar al Servicio de Administración de Personal Investigador, el impreso Solicitud de autorización para desplazamiento

Además, en los casos en que la ausencia temporal suponga un traslado a alguno de los países de la Unión Europea o a aquellos otros con los que exista convenio de Seguridad Social, se deberá cumplimentar y presentar también el impreso para traslados temporales con solicitud de mantenimiento de la legislación española de Seguridad Social.

La relación de países con los que existe convenio de Seguridad Social puede consultarse en la Icono de enlace Web de la Seguridad Social.

Aviso  El impreso de solicitud de autorización para desplazamiento y , en los casos en que fuese necesario, el impreso para traslados temporales, se enviarán a la dirección electrónica pinves.admi@ucm.es en la tercera semana previa al inicio del desplazamiento.

Después de la ausencia:

Se debe aportar el impreso Certificado de incorporación del contratado.  

 

Notas.

Aviso Es obligatoria la solicitud de ausencia siempre que se vayan a desarrollar actividades de investigación fuera del Departamento o Centro de adscripción, salvo que la misma sea consecuencia de la obtención de una ayuda de las convocatorias de estancias breves para los contratados de tu programa, en cuyo caso se entiende concedida la misma.

Aviso Para ausencias no financiadas por las ayudas anteriores, además de la solicitud de ausencia, si se va a recibir una compensación de gastos por la misma es necesario.

- Si se va a financiar con fondos de la Universidad Complutense es obligatorio tramitar una comisión de servicios con antelación suficiente para que pueda ser autorizada con anterioridad al desplazamiento previsto (más información en la página web temática de de tramitación de Comisiones de Servicio).

- Si se va financiar con otros fondos procedentes de becas, ayudas..., es obligatorio tramitar la solicitud de compatibilidad prevista en tu convocatoria.