Sistema de quejas y reclamaciones
El coordinador del Máster es el encargado de recibir las quejas y reclamaciones de los estudiantes, resolviendo cuando es posible o trasladando la cuestión al ámbito adecuado para su tratamiento y resolución. Las quejas se pueden formular personalmente o por correo electrónico.
El procedimiento de actuación en las reclamaciones, que se tramitará a través de la Comisión de Calidad del Máster, es el siguiente:
- Las reclamaciones serán formuladas por el interesado mediante la presentación de un escrito que contenga sus datos personales, el sector de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concretarán con suficiente claridad los hechos que originan la reclamación, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea y la petición que se dirige a la Comisión de Calidad. El escrito se presentará con libertad de forma, si bien pueden utilizarse los impresos generales de instancia publicados en la web de la Facultad. Los interesados podrán recabar de la Comisión de Calidad dichos impresos así como asesoramiento para cumplimentarlos, o bien presentar sus propios escritos de reclamación.
- La Comisión no admitirá las reclamaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamento o inexistencia de pretensión y todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo caso, comunicará por escrito a la persona interesada los motivos de la no admisión.
- La Comisión de Calidad efectuará el registro de todas las reclamaciones y enviará el correspondiente acuse de recibo a los que hayan presentado el escrito. A estos efectos, la Comisión de Calidad dispondrá de un registro propio, no integrado en el sistema general de registros de la UCM. Dicho registro tendrá carácter reservado al objeto de garantizar la confidencialidad de los asuntos.
- La Comisión no entrará en el examen individual de aquellas reclamaciones sobre las que esté pendiente resolución judicial o expediente administrativo y suspenderá cualquier actuación si, en el transcurso de su tramitación, se iniciara un procedimiento administrativo o se interpusiera demanda o recurso ante los tribunales ordinarios. Ello no impedirá, no obstante, la investigación de los problemas generales planteados en las reclamaciones presentadas. Admitida la reclamación, la Comisión de Calidad promoverá la oportuna investigación y dará conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por su contenido.
- En la fase de investigación del procedimiento se realizarán las actuaciones pertinentes para comprobar cuantos datos fueran necesarios, mediante el estudio de la documentación necesaria y realización de entrevistas personales; la Comisión de Calidad podrá recabar los informes externos que sean convenientes.
- Una vez concluidas sus actuaciones, la Comisión de Calidad notificará su resolución a los interesados y la comunicará al órgano universitario afectado, con las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.
- En todo caso la Comisión de Calidad resolverá dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida la reclamación.
Además existe en el Centro el procedimiento habitual de reclamaciones a través de la oficina de registro.
Respecto al Procedimiento de Revisión e Impugnación de Calificaciones, toda la información está disponible en el Estatuto del Estudiante:
- Artículo 47: Revisión
- Artículo 48: Acto de Revisión
- Artículo 49: Impugnación
Curso 2021-22
A lo largo del curso 2021-22 hubo algunas reclamaciones por parte de candidatos a la admisión para el curso 2022-23 que se resolvieron dentro de los plazos pertinentes. Asimismo, en la convocatoria de septiembre se solicitó la revisión de la calificación de un TFM.
Las sugerencias y peticiones de los alumnos matriculados durante el curso 2021 estuvieron relacionadas en su mayoría con solicitud de información y con cuestiones logísticas y se resolvieron en un plazo breve.