Sugerencias, quejas y reclamaciones
Las quejas y reclamaciones se formularán ante la Comisión de Calidad de las Titulaciones, que las tramitará con todas las garantías legales previstas en los procedimientos administrativos. Cualquier implicado en el desarrollo del Master podrá dirigirse la Comisión de Calidad de las Titulaciones a título individual o colectivo. La Comisión de Calidad de las Titulaciones actuará de oficio o a instancia de parte en relación con las sugerencias y observaciones que sean susceptibles de necesitar su intervención.
Las decisiones y resoluciones de la Comisión de Calidad de las Titulaciones no tienen la consideración de actos administrativos y no serán objeto de recurso alguno; tampoco son jurídicamente vinculantes y no modificarán por sí mismas acuerdos o resoluciones emanadas de los órganos de la Universidad.
Procedimiento de actuación:
1. Las reclamaciones serán formuladas por el interesado mediante la presentación de un escrito con sus datos personales, el sector de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concretarán los hechos que originan la queja, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea y la petición que se dirige a la Comisión de Calidad de las Titulaciones. El escrito se presentará con libertad de forma, si bien en la web del Centro se publicarán impresos que faciliten la presentación de la reclamación. Los interesados podrán recabarlos a la Comisión de Calidad de las Titulaciones, así como asesoramiento para cumplimentarlos, o bien presentar sus propios escritos de reclamación.
2. La Comisión de Calidad de las Titulaciones no admitirá reclamaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamento o inexistencia de pretensión y todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo caso, comunicará por escrito a la persona interesada los motivos de la no admisión.
3. La Comisión de Calidad de las Titulaciones no entrará en el examen individual de aquellas reclamaciones sobre las que esté pendiente resolución judicial o expediente administrativo; así mismo, suspenderá cualquier actuación si se iniciara, en el transcurso de su tramitación, un procedimiento administrativo o se interpusiera demanda o recurso ante los tribunales ordinarios. No obstante, ello no impedirá la investigación de los problemas generales planteados en las reclamaciones presentadas. Admitida la reclamación, la Comisión de Calidad promoverá la oportuna investigación y dará conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por su contenido.
4. En la fase de investigación del procedimiento se realizarán las actuaciones pertinentes para comprobar cuantos datos fueran necesarios, mediante el estudio de la documentación necesaria y la realización de entrevistas personales. La Comisión de Calidad podrá recabar los informes externos que sean convenientes.
5. Una vez concluidas sus actuaciones, notificará su resolución a los interesados y la comunicará al órgano universitario afectado, con las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.
6. En todo caso resolverá dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida la reclamación.
Procedimiento de actuación para la formulación y resolución de sugerencias:
El coordinador da la bienvenida a cualquier sugerencia para mejorar el Máster en Biología Evolutiva, por parte de cualquiera de los agentes implicados (estudiantes, profesores, PAS, etc.). Si se piensa que el asunto puede ser resuelto por esta vía, se recomienda utilizarla. En caso contrario, existe un mecanismo oficial de recepción de sugerencias, quejas y reclamaciones, que incluye las herramientas de que dispone a tal efecto la Facultad de Biología:
Aceso al buzón de sugerencias, quejas y reclamaciones de la Facultad de Biología
(véase también Sistema de Garantía de Calidad).